Incoterms 2020

Reglas ICC — Vigentes desde el 1 de enero de 2020

Incoterms 2020: Guía Completa

Los 11 términos comerciales internacionales explicados con tabla interactiva, ejemplos prácticos y su impacto en el valor en aduana.

Tabla de Incoterms 2020

Los 11 Incoterms organizados por modo de transporte con distribución de costes y riesgos en cada etapa logística. Haz clic en cualquier fila para ver el detalle completo.

= Vendedor
= Comprador
Haz clic en cualquier Incoterm para desplegar su información detallada
🚛

Cualquier modo de transporte

COSTE
RIESGO
Vendedor
Comprador
COSTE
RIESGO
Vendedor
Comprador
COSTE
RIESGO
Vendedor
Comprador
COSTE
RIESGO
SEGURO
Vendedor
Comprador
COSTE
RIESGO
Vendedor
Comprador
COSTE
RIESGO
Vendedor
Comprador
COSTE
RIESGO
Vendedor
Comprador
🚢

Solo transporte marítimo y vías navegables

COSTE
RIESGO
Vendedor
Comprador
COSTE
RIESGO
Vendedor
Comprador
COSTE
RIESGO
Vendedor
Comprador
COSTE
RIESGO
SEGURO
Vendedor
Comprador

Notas sobre la tabla:

  • FCA: La carga y el transporte interior dependen del lugar de entrega acordado. Si es en las instalaciones del vendedor, este carga. Si es en otro lugar, el comprador descarga del vehículo del vendedor.
  • CIP: Desde Incoterms 2020, el vendedor debe contratar seguro con cobertura máxima (ICC-A). CIF mantiene solo cobertura mínima (ICC-C).
  • CPT / CIP / CFR / CIF: En estos Incoterms tipo “C”, el punto de transferencia de coste y el de riesgo son distintos. El vendedor paga el transporte pero el riesgo se transfiere antes (al entregar al primer porteador o a bordo del buque).
  • DAP / DPU: El vendedor asume transporte hasta destino pero la aduana de importación es responsabilidad del comprador. El transporte a destino “salta” la aduana de importación.

Valor en aduana e Incoterms

Guía operativa para despachantes y profesionales de aduanas: qué sumar o restar del precio facturado según el Incoterm pactado, cómo afecta a la base del arancel y del IVA, y referencia de casillas DUA/H1.

📋

Ajustes al valor en aduana por Incoterm

Para cada Incoterm, qué conceptos hay que sumar o restar del precio facturado para obtener el valor en aduana (base CIF frontera UE).

EXWEn Fábrica

+ Sumar

  • Carga en fábrica/almacén del vendedor
  • Transporte interior hasta punto de exportación
  • Despacho de exportación (gastos)
  • Manipulación en terminal de origen (THC origen)
  • Flete internacional hasta frontera UE
  • Seguro de transporte (si aplica)

Art. 71.1.e) CAU

FCAFranco Porteador

+ Sumar

  • Flete internacional hasta frontera UE
  • Seguro de transporte (si aplica)

Art. 71.1.e) CAU

CPTTransporte Pagado Hasta

+ Sumar

  • Seguro de transporte (si aplica)

− Restar

  • Transporte desde frontera UE hasta destino interior

Art. 71.1.e) y 72.a) CAU; Art. 138 Reg. Ejecución 2015/2447

CIPTransporte y Seguro Pagados Hasta

− Restar

  • Transporte desde frontera UE hasta destino interior
  • Seguro del tramo post-frontera UE

Art. 72.a) CAU

DAPEntregada en Lugar

− Restar

  • Transporte desde frontera UE hasta lugar de destino
  • Manipulación/almacenaje post-frontera

Art. 72.a) CAU

DPUEntregada en Lugar Descargada

− Restar

  • Transporte desde frontera UE hasta lugar de destino
  • Descarga en destino
  • Manipulación post-frontera

Art. 72.a) CAU

DDPEntregada con Derechos Pagados

− Restar

  • Aranceles de importación
  • IVA de importación
  • Transporte desde frontera UE hasta destino
  • Descarga en destino
  • Honorarios agente de aduanas
  • Almacenaje en destino

Art. 72 CAU

FASFranco al Costado del Buque

+ Sumar

  • Carga a bordo (estiba)
  • Flete marítimo hasta primer puerto UE
  • Seguro de transporte (si aplica)

Art. 71.1.e) CAU

FOBFranco a Bordo

+ Sumar

  • Flete marítimo hasta primer puerto UE
  • Seguro de transporte (si aplica)

Art. 71.1.e) CAU

CFRCoste y Flete

+ Sumar

  • Seguro de transporte (si aplica)

Art. 71.1.e) CAU

CIFCoste, Seguro y Flete

Sin ajustes (si puerto destino = frontera UE)

Art. 70 CAU

Base legal: Art. 70-72 Reglamento (UE) 952/2013 — Código Aduanero de la Unión (CAU). Art. 138 Reglamento de Ejecución (UE) 2015/2447 para deducciones de transporte post-frontera.

⚠️ No confundir: base del arancel ≠ base del IVA de importación

Arancel (A00)

Se calcula sobre el valor en aduana = precio CIF frontera UE.

Casilla 14 03 / A00 (H1) — antigua cas. 47 / A00 (DUA)

IVA importación (B00)

Se calcula sobre una base mayor: valor en aduana + aranceles + gastos hasta primer destino interior.

Casilla 14 03 / B00 (H1) — antigua cas. 47 / B00 (DUA)

El concepto de «primer lugar de destino» es el que figure en la carta de porte. Esto determina si el transporte interior se suma a la base del IVA.

ConceptoBase arancelBase IVA
Precio de compra + flete + seguro hasta frontera UESiSi
ArancelesNoSi
Derechos antidumping / compensatoriosNoSi
Impuestos especialesNoSi
Transporte frontera UE → primer destino interiorNoSi
Seguro del tramo interiorNoSi
Descarga en puerto UENoSi
Transporte posterior al primer destinoNoNo
Honorarios agente de aduanasNoNo

Referencias: Art. 70-72 Reglamento (UE) 952/2013 (arancel) + Art. 83.Uno Ley 37/1992 del IVA (IVA importación).

📄

Casillas del DUA y Data Elements del H1

Mapeo entre el sistema antiguo (DUA) y el vigente (H1) para las casillas más relevantes en la valoración aduanera.

ConceptoDUA (antiguo)H1 (vigente)
Precio de facturaCas. 42D.E. 14 01
Ajustes al valorCas. 45D.E. 14 07
Valor estadísticoCas. 46D.E. 14 06
IncotermCas. 20D.E. 14 11
Método valoraciónCas. 43D.E. 14 16
Liquidación tributosCas. 47D.E. 14 03
Base imponibleCas. 47D.E. 14 04
Tipo de cambioCas. 23D.E. 14 05
País origenCas. 34aD.E. 16 06
País origen preferencialCas. 34aD.E. 16 03
Masa netaCas. 38D.E. 18 01
Código mercancíaCas. 33D.E. 18 09
Nota: Desde la migración al sistema H1 (CAU), los Data Elements sustituyen a las casillas del DUA. Muchos operativos aún usan la numeración DUA por costumbre. Ambas referencias son válidas.
🔢

Ejemplo: importación FOB Los Ángeles → destino Madrid

Maquinaria industrial (HS 8479.89) · Arancel: 3,7% · IVA: 21% · Carta de porte: hasta Madrid

1

Valor en aduana (base del arancel)

Precio FOB45.000 EUR
+ Flete marítimo LA→Barcelona4.500 EUR
+ Seguro internacional500 EUR
= VALOR EN ADUANA (CIF Bcn)50.000 EUR

Cas. 14 01 (H1) / cas. 42 (DUA): 45.000 EUR

Cas. 14 07 (H1) / cas. 45 (DUA): +5.000 EUR

Cas. 14 06 (H1) / cas. 46 (DUA): 50.000 EUR

2

Arancel

50.000 EUR × 3,7%= 1.850 EUR

Cas. 14 03 A00 (H1) / cas. 47 A00 (DUA)

3

Base del IVA (≠ valor en aduana)

Valor en aduana50.000 EUR
+ Aranceles1.850 EUR
+ Transp. Bcn→Madrid800 EUR
+ Seguro tramo interior50 EUR
= BASE IMPONIBLE IVA52.700 EUR

Cas. 14 03 B00 (H1) / cas. 47 B00 (DUA)

4

Total tributos importación

IVA: 52.700 × 21%11.067 EUR
Arancel1.850 EUR
IVA importación11.067 EUR
TOTAL12.917 EUR
📚

Otros ajustes al valor en aduana (arts. 71 y 72 CAU)

Independientemente del Incoterm pactado, estos conceptos se suman o excluyen siempre del valor en aduana según el Código Aduanero de la Unión.

+ Siempre se suman al valor en aduana (art. 71 CAU)

Comisiones de venta y corretaje

Se suman siempre (excepto comisiones de compra, que NO se suman)

Art. 71.1.a) CAU

Envases y embalaje

Coste de envases + mano de obra de embalaje

Art. 71.1.b) CAU

Prestaciones del comprador (assists)

Materiales, moldes, matrices, herramientas, diseño/ingeniería suministrados por el comprador al fabricante para la producción

Art. 71.1.b) CAU

Cánones y royalties

Si son condición de la venta (basta con que las mercancías no puedan adquirirse sin el pago del canon)

Art. 71.1.c) CAU

Producto de la reventa

Parte del beneficio posterior que revierta al vendedor

Art. 71.1.d) CAU

NUNCA se incluyen en el valor en aduana (art. 72 CAU)

Transporte posterior a la entrada en la UE

Art. 72.a) CAU

Instalación, montaje o mantenimiento post-importación

Art. 72.b) CAU

Intereses de financiación

Si documentados y separados del precio

Art. 72.c) CAU

Comisiones de compra

Art. 72.d) CAU

Derechos de importación y otros gravámenes UE

Art. 72.e) CAU

Derechos de reproducción en la UE

Art. 72.f) CAU

Guía completa de Valor en Aduana

6 métodos de valoración, ajustes por Incoterm, diferencia base arancel vs IVA, casillas DUA/H1, DV1 y casos problemáticos reales.

Ver guía de valoración

¿No sabes qué Incoterm usar?

Responde unas preguntas sencillas y te recomendamos el Incoterm más adecuado para tu operación, basado en los diagramas de decisión oficiales de la ICC.

¿Qué son los Incoterms 2020?

Los Incoterms (International Commercial Terms) son un conjunto de reglas internacionales publicadas por la Cámara de Comercio Internacional (ICC) que definen las responsabilidades de compradores y vendedores en las transacciones de comercio internacional. La edición vigente, Incoterms 2020, entró en vigor el 1 de enero de 2020 y es la que se aplica actualmente en todo el mundo.

Estas reglas establecen con claridad tres aspectos fundamentales de toda operación de compraventa internacional:

  • Reparto de costes: quién paga el transporte, el seguro, las tasas portuarias y los despachos aduaneros.
  • Transferencia de riesgos: en qué punto geográfico el riesgo de pérdida o daño pasa del vendedor al comprador.
  • Obligaciones documentales: qué documentos debe proporcionar cada parte (conocimiento de embarque, póliza de seguro, despacho de exportación, etc.).

Es importante saber que los Incoterms no regulan la transferencia de propiedad de la mercancía, las condiciones de pago, la ley aplicable al contrato ni las consecuencias del incumplimiento. Estos aspectos deben pactarse por separado en el contrato de compraventa.

Los dos grupos de Incoterms

Los 11 Incoterms 2020 se dividen en dos grupos según el modo de transporte:

  • 7 Incoterms multimodales (EXW, FCA, CPT, CIP, DAP, DPU, DDP): válidos para cualquier medio de transporte, incluyendo combinaciones (camión + barco + avión).
  • 4 Incoterms marítimos (FAS, FOB, CFR, CIF): exclusivos para transporte por mar o vías navegables interiores.

Cambios principales respecto a Incoterms 2010

  • DAT pasa a llamarse DPU (Delivered at Place Unloaded): el nuevo nombre refleja que la entrega ya no se limita a terminales portuarias o aeroportuarias, sino que puede ser en cualquier lugar acordado.
  • Seguro en CIP: la cobertura mínima obligatoria pasa de ICC-C (mínima) a ICC-A (máxima, contra todo riesgo). CIF mantiene ICC-C.
  • FCA y el conocimiento de embarque: nueva opción que permite al comprador instruir al transportista para que emita un BL (conocimiento de embarque) con anotación «on board» al vendedor, facilitando las operaciones con cartas de crédito.

¿Cómo afectan los Incoterms al valor en aduana?

El valor en aduana es la base sobre la que se calculan los aranceles y el IVA a la importación. En la Unión Europea, se determina conforme al Código Aduanero de la Unión (Reglamento UE 952/2013), utilizando el valor de transacción como método principal.

La referencia que utilizan las aduanas europeas es el valor CIF (coste + seguro + flete) en la frontera de la UE. Esto significa que, independientemente del Incoterm pactado, el valor en aduana debe reflejar todos los costes hasta el punto de entrada en la UE:

Ajustes según el Incoterm utilizado

EXW / FOB:Hay que sumar al precio los costes de flete y seguro hasta la frontera UE para obtener el valor en aduana.
CFR:Solo falta sumar el seguro al precio para llegar al valor CIF.
CIF:Si el puerto de destino es la frontera UE, el precio CIF coincide con el valor en aduana.
CIP / DDP:Puede ser necesario deducir los costes post-frontera (transporte interior UE, aranceles ya incluidos).

Entender la relación entre el Incoterm y el valor en aduana es esencial para declarar correctamente en el DUA (Documento Único Administrativo) y evitar liquidaciones complementarias o sanciones.

¿Quieres calcular los aranceles de tu importación con el Incoterm correcto?

Calcula tus aranceles con nuestra calculadora TARIC